Si su solicitud de tarjeta verde fue denegada porque el gobierno estadounidense determinó que su matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal es o fue fraudulento, usted tiene ciertos derechos de apelación.

Cómo y dónde presentar esta apelación depende en parte de dónde vive el peticionario (en los EE.UU. o en el extranjero), dónde se presentó la documentación de su solicitud y en qué fase del proceso se encontraba cuando fue denegada. Con el enfoque correcto, usted podría ser capaz de obtener su solicitud de nuevo en el camino para una aprobación.

¿Cómo puedo saber si mi petición fue negada debido a un hallazgo de fraude?

Si la decisión del USCIS que niega su petición o solicitud basada en el matrimonio contiene frases como «matrimonio falso», «matrimonio fraudulento», o el matrimonio «celebrado con el único propósito de eludir la ley de inmigración», entonces la agencia ha hecho un hallazgo concluyente de fraude matrimonial. (Ver I.N.A. Sección 204(c).)

El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (USCIS) puede hacer tal hallazgo ya sea después de que el cónyuge estadounidense presentó una petición I-130 en nombre del inmigrante o después de que la pareja presentó toda la solicitud de tarjeta verde en los EE.UU. y asistió a una entrevista de ajuste de estatus.

¿Vale la pena perseguir algún tipo de apelación?

En ciertas situaciones, la presentación de una apelación puede equivaler a luchar una batalla que ya se ha perdido. En particular, si el matrimonio es realmente una farsa o un fraude, entonces presionar el punto con el USCIS sólo podría conducir a mayores problemas.

Sin embargo, la cuestión es simplemente que usted presentó pruebas limitadas de la legitimidad del matrimonio (tal vez porque el matrimonio es nuevo y usted y su cónyuge han tardado en establecer su vida juntos), y usted cree que en última instancia puede anular el hallazgo de matrimonio falso, entonces la presentación de una apelación podría no sólo ser exitosa, sino una buena idea. Sin ella, el inmigrante previsto se enfrenta a la perspectiva de tener su registro de inmigración permanentemente estropeado por un hallazgo de matrimonio fraudulento.

En algunas situaciones, sin embargo, puede tener más sentido volver a presentar una petición de matrimonio I-130 que presentar una apelación. Si, por ejemplo, los problemas que condujeron a la denegación del USCIS han sido remediados, como que la pareja ahora vive junta cuando antes no lo hacía, volver a presentar la petición servirá para presentar al USCIS más pruebas de buena fe del matrimonio y una presentación más limpia y organizada.

El volver a presentar la petición podría (dependiendo de las circunstancias) incluso darle la oportunidad de presentarse a otra entrevista con un funcionario del USCIS y convencer al USCIS de que el matrimonio es de buena fe después de todo.

Pero volver a presentar una nueva petición no le permite empezar con un expediente limpio. El USCIS mantendrá el hallazgo del matrimonio fraudulento. Por lo tanto, todavía será necesario para refutar las preocupaciones de USCIS que el matrimonio es una farsa.

Al tomar la decisión de volver a presentar una petición de matrimonio I-130 o presentar una apelación, su mejor opción es consultar con un abogado de inmigración.

Dónde presentar su apelación

El organismo gubernamental que revisa las apelaciones de las denegaciones del USCIS de las peticiones de matrimonio I-130 es la Junta de Apelaciones de Inmigración (B.I.A.) del Departamento de Justicia. La B.I.A. es independiente del USCIS, que está bajo el control del Departamento de Seguridad Nacional. Sin embargo, usted no puede presentar la apelación directamente ante la B.I.A.

En su lugar, debe presentar la apelación ante el Director de Distrito de la oficina local del USCIS que denegó su petición de visado.Esta dirección se incluirá en la decisión de denegación del USCIS. El USCIS enviará entonces su petición al B.I.A.

Presente su apelación en el formulario EOIR-29 y pague la tasa de presentación

La apelación debe presentarse en el formulario EOIR-29, Notice to the Board of Immigration Appeals from a Decision of an Immigration Officer. El residente extranjero o beneficiario de la petición de inmigrante no presentará ni firmará la apelación. Más bien, el cónyuge que presentó la petición I-130 en nombre del inmigrante debe hacerlo.

A partir de finales de 2020, la tasa de presentación de la apelación es de 110 dólares, pero se ha propuesto un aumento significativo de la tasa.

Sólo tiene 30 días para apelar

El formulario EOIR-29 debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que el USCIS le envió por correo (o le entregó personalmente) la decisión de denegación de la solicitud I-130. Además, debe tener 21 días a partir del día en que presente su apelación para presentar un escrito en apoyo del EOIR-29.

Si presenta la apelación sin la ayuda de un abogado, tendrá que prestar mucha atención a la fecha indicada en la decisión de denegación y seguir todas las instrucciones relativas a los plazos de presentación. Si presenta su apelación después de la fecha límite, el B.I.A. la rechazará y la decisión del USCIS alegando fraude matrimonial será definitiva.

Exponga su caso claramente en la apelación

En el formulario EOIR-29, tendrá que exponer claramente las razones por las que cree que el B.I.A. debería conceder su apelación y por qué el USCIS está equivocado en su creencia de que el matrimonio es fraudulento. El B.I.A. puede denegar la apelación si usted no da razones específicas para apoyar su afirmación de que la decisión del USCIS fue un error.

Aunque el formulario proporciona sólo un pequeño espacio en el que escribir algunas frases, usted tiene la opción de adjuntar páginas y pruebas adicionales. Esto es muy recomendable, porque tendrá que convencer al B.I.A. de que el funcionario de inmigración se equivocó al encontrar fraude en su petición I-130.

Si, por ejemplo, la decisión de denegación cuestionaba si usted y su cónyuge vivían juntos o si compartían activos financieros, entonces debe proporcionar pruebas relevantes que puede que no haya incluido anteriormente o que acaban de estar disponibles. Esto podría incluir elementos como transcripciones certificadas por el IRS y el gobierno estatal de las declaraciones de impuestos (presentadas conjuntamente o desde la misma dirección), extractos bancarios mensuales detallados y actualizados de las cuentas conjuntas que muestren que usted y su cónyuge comparten activamente las finanzas, una copia firmada de un contrato de arrendamiento de vivienda por todas las partes, incluido el propietario, con una declaración jurada adjunta del propietario que afirme tener conocimiento de que ustedes dos residen juntos, y, si es propietario de una vivienda con su cónyuge, una prueba de propiedad conjunta con extractos de la hipoteca que muestren ambos nombres y una copia de la escritura.

Aunque hay una opción en el EOIR-29 para solicitar un argumento oral (una audiencia en persona), el B.I.A. rara vez programa argumentos orales. Por lo tanto, usted debe convencer al B.I.A. a través de sus argumentos escritos que el matrimonio no es fraudulento. Lo mejor es presentar su escrito junto con la apelación, pero si se le acaba el tiempo, presente el formulario de apelación y luego presente un escrito más tarde, en un plazo de 21 días. Esto le dará una mejor oportunidad para detallar completamente sus argumentos de por qué el matrimonio es de buena fe o real.

Cómo responderá el USCIS a su apelación

Cuando un inmigrante presenta una apelación, el USCIS tiene varias opciones para responder. Los abogados del personal de USCIS pueden, en algunos casos, responder a la apelación con un detallado escrito legal propio, exponiendo el caso de la agencia.

O bien, USCIS puede simplemente emitir una breve declaración en apoyo de su decisión de denegar la petición matrimonial. Si su apelación alega un error (de procedimiento o de otro tipo) que el USCIS cometió en el proceso de adjudicación, podría provocar que los abogados del personal de la agencia soliciten que el expediente del caso sea devuelto, con el fin de tomar otras medidas propias en el caso.

Considere la posibilidad de consultar con un abogado de inmigración acerca de sus opciones

Consultar con un abogado es una medida inteligente cuando una agencia de inmigración hace una acusación de fraude matrimonial, debido a la gravedad del asunto. Un hallazgo de fraude matrimonial podría impedirle solicitar cualquier otro beneficio de inmigración.

Además, existen importantes sanciones penales por cometer fraude matrimonial. Los abogados de inmigración con experiencia probablemente han presentado numerosas apelaciones en casos de presunto fraude matrimonial y pueden darle una buena evaluación del éxito potencial en la apelación y si la presentación de la apelación es apropiada. Estos abogados también deben tener experiencia en la redacción de escritos de apelación y pueden darle una voz más fuerte ante el B.I.A. que si tuviera que escribir un escrito por su cuenta.

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