Los visados C le permiten entrar en EE.UU. y permanecer durante un periodo de descanso

Algunas personas necesitan permanecer en EE.UU. durante un periodo de descanso antes de dirigirse a su siguiente destino. En otras palabras, tienen que transitar por EE.UU. Si tiene que esperar en EE.UU. antes de trasladarse a su destino, necesita obtener un visado de tránsito de EE.UU.

Los visados de tránsito de EE.UU. se denominan con la letra C. Le permite entrar en EE.UU. y permanecer durante su escala. Después, cuando su vuelo o barco salga hacia su próximo destino, tendrá que abandonar los EE.UU.

El gobierno de los EE.UU. define los visados C para el tránsito inmediato y continuo por los EE.UU. lo que significa que su itinerario hacia su destino final incluye una escala en los EE.UU. y tendrá que detenerse allí, pero no tendrá ningún otro privilegio.

Con un visado C, no puede permanecer más del tiempo aprobado, y no es un visado para realizar actividades turísticas o de negocios. Si quiere realizar actividades turísticas o de negocios en los EE.UU., tendrá que obtener los visados B-1 o B-2.

Sin embargo, si ya tiene un visado B-1 o B-2 para los EE.UU., y tiene que transitar por el país, no necesita un visado C. Se le permitirá el tránsito con un visado B. Además, si cumple los requisitos del Programa de Exención de Visado, no necesita un visado de tránsito para EE.UU.

Tipos de visado de tránsito para EE.UU.

El visado C es un visado sólo de tránsito, pero tiene tres categorías. Estos son los tipos de visados de tránsito de EE.UU.:

C-1 – Visado de tránsito general

C-1 es el visado de tránsito para ciudadanos no estadounidenses que pasan por EE.UU. en una escala de camino a su destino final.

C-2 – U.N Headquarters Transit Visa

C-2 es el visado de tránsito para los ciudadanos no estadounidenses que viajan a la Sede de las Naciones Unidas (ONU) en la ciudad de Nueva York o para los funcionarios de las Naciones Unidas que transitan por los EE.UU. para ir a un destino final. Los titulares de este visado sólo pueden estar en las inmediaciones de la sede de la ONU. Tienen derecho a salir de la sede de la ONU o de un lugar cercano a ella sólo cuando salgan de los EE.UU.

C-3 – Visado de tránsito para gobiernos extranjeros

C-3 es el visado de tránsito para funcionarios de gobiernos extranjeros que viajan a través de los EE.UU. en una escala de camino a su destino final. El propósito del viaje debe ser para el gobierno o las actividades relacionadas con el trabajo.

Requisitos para el visado de tránsito de EE.UU.

Para ser elegible para un visado de tránsito o C a los EE.UU., la persona debe cumplir uno de los criterios:

  • Ser un ciudadano no estadounidense en su camino a un destino final y sólo pasando por los EE.S
  • Ser un ciudadano no estadounidense o un funcionario de la ONU que se dirija a la sede de la ONU en la ciudad de Nueva York
  • Ser un funcionario de un gobierno extranjero en tránsito por los EE.UU. hacia su destino final en un viaje relacionado con el trabajo.

Si no pertenece a una de estas categorías, no se le permite obtener un visado de tránsito C. Además, el visado C no lleva visados dependientes. Esto significa que todas las personas que transitan por Estados Unidos, incluidos los cónyuges y los hijos, deben tener un visado de tránsito.

Por ejemplo, si un funcionario del gobierno extranjero transita por Estados Unidos con su familia, los miembros de la familia deben tener también visados C individuales.

Solicitud de visado de tránsito

El procedimiento de solicitud del visado C de tránsito es similar al de otros visados. Debe seguir estos pasos para presentar una solicitud completa para su visado C.

Identifique qué tipo de visado C necesita

Si no va a viajar a la sede de la ONU y no es un funcionario de un gobierno extranjero, tendrá que solicitar un visado C-1. Conozca qué tipo de visado necesita para poder adjuntar todos los documentos y presentar los formularios adecuados.

Solicite en línea presentando el formulario DS-160

La presentación del formulario DS-160 es el primer paso para iniciar el proceso de solicitud. Rellene los campos necesarios y luego envíe el formulario en línea. Después de enviar el formulario, obtendrá un número de código de barras y una página de confirmación que debe guardar para futuras referencias.

Pague la tasa de solicitud

La tasa de solicitud para los visados de tipo C es de 160 dólares. Tienes que pagar esta cantidad y guardar el recibo porque será necesario más adelante en el proceso. Puede haber otras tasas en función de tu ubicación y de la Embajada desde la que realices la solicitud. Sin embargo, el visado C-2 no tiene tasas de expedición. Esto se debe a que no se han establecido medidas de reciprocidad para este tipo de visado de tránsito.

Programar su entrevista

El siguiente paso es programar su entrevista. Intente programar su entrevista para el visado lo antes posible. Las embajadas de Estados Unidos a veces tienen una gran carga de trabajo, por lo que pueden tardar más tiempo en programar su entrevista. Cuando se programe la entrevista, recibirás una carta de confirmación de la misma que deberás mostrar en el momento de la entrevista.

Entregue los documentos requeridos

Debe preparar un archivo de documentos para llevarlo consigo cuando vaya a la entrevista del visado. Es aconsejable preparar todos los documentos. Si a su expediente le falta algún documento, será motivo suficiente para que la Embajada retrase o incluso deniegue su visado.

A continuación se muestra una tabla con los documentos necesarios para su expediente en función del tipo de visado:

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