Cuando un residente de la Florida muere sin haber hecho su última voluntad y testamento, las leyes de sucesión testamentaria que se encuentran en el Código Testamentario de la Florida dictarán quién hereda el patrimonio testamentario de la persona fallecida. A continuación se presenta un resumen de las leyes de sucesión testamentaria de Florida en varias situaciones.

Cónyuge y/o descendientes

Esto es lo que sucederá si a la persona fallecida le sobrevive un cónyuge y/o descendientes (hijos, nietos, bisnietos, etc.):

  • Sobrevivido por un cónyuge y descendientes, todos ellos descendientes del cónyuge, y el cónyuge superviviente no tiene otros descendientes:
    En este caso, el cónyuge supérstite heredará el 100% del patrimonio sucesorio del fallecido.
  • Sobreviviente con cónyuge y descendientes, algunos de los cuales no son descendientes del cónyuge supérstite
    En este caso, dado que algunos de los descendientes del fallecido no son descendientes del cónyuge supérstite (es decir, el fallecido tenía hijos de un matrimonio o relación anterior), el cónyuge supérstite heredará la mitad del patrimonio sucesorio y los descendientes heredarán la mitad restante, por stirpes.
  • Sobreviviente con cónyuge y descendientes todos ellos descendientes del cónyuge superviviente, pero el cónyuge superviviente tiene descendientes que no son descendientes de la persona fallecida
    En este caso ya que el cónyuge superviviente tiene descendientes que no son descendientes del cónyuge fallecido (o sea, el cónyuge supérstite tiene hijos de un matrimonio o relación anterior), el cónyuge supérstite heredará la mitad del patrimonio sucesorio y los descendientes de la persona fallecida heredarán la mitad restante, per stirpes.
  • Sobrevivido por un cónyuge y sin descendientes
    En este caso, el cónyuge superviviente heredará el 100% de la masa hereditaria.
  • Sobrevivido por descendientes y sin cónyuge
    En este caso, los descendientes del causante heredarán el 100% de la masa hereditaria, por stirpes.

No sobrevivido por cónyuge ni descendientes

Esto es lo que ocurrirá si al fallecido no le sobrevive su cónyuge ni ningún descendiente (hijos, nietos, bisnietos, etc.):

  • Sobrevivido por uno o ambos progenitores
    En este caso, los padres heredarán a partes iguales la herencia del fallecido si ambos viven, o el progenitor superviviente heredará el 100%.
  • Sobrevivido por hermanos o descendientes de hermanos y sin padres
    En este caso, los hermanos del fallecido y los descendientes de hermanos fallecidos (sobrinos) heredarán el 100% del patrimonio sucesorio, por estribos.
  • Que no sobrevivan los padres, hermanos o descendientes de los hermanos
    En este caso, la herencia se dividirá de forma que la mitad irá a la familia paterna del fallecido y la otra mitad irá a la familia materna del fallecido de la siguiente forma:

(a) Al abuelo y a la abuela por igual, o al superviviente de ellos.

(b) Si no hay abuelo ni abuela, a los tíos y/o tías y a los descendientes de los tíos y/o tías fallecidos (primos), por estribos.

(c) Si no hay supervivientes en la parte paterna de la familia o no hay supervivientes en la parte materna de la familia como se ha descrito anteriormente, entonces todo el patrimonio sucesorio irá a la otra parte de la familia en el orden indicado anteriormente.

(d) Si no hay familiares supervivientes en ninguno de los dos lados como se ha descrito anteriormente, entonces la totalidad de la sucesión testamentaria irá a la familia del último cónyuge fallecido de la persona difunta como si el cónyuge fallecido hubiera sobrevivido al difunto y luego hubiera muerto intestado y tuviera derecho a la sucesión.

  • No sobreviven los familiares descritos anteriormente
    Si a la persona fallecida no le sobrevive ningún familiar de los descritos anteriormente, todo el patrimonio sucesorio pasará al Estado de Florida. La propiedad que se escinde debe ser vendida, y el producto de la venta se pagará al Director Financiero del estado y se depositará en el Fondo Escolar del Estado.

Leyes de sucesión anteriores de Florida

El 1 de octubre de 2011, las leyes de sucesión de Florida cambiaron significativamente con respecto a la parte de un cónyuge sobreviviente. Por lo tanto, si la persona fallecida estaba casada y murió antes de esta fecha, entonces habría que examinar las leyes de sucesión anteriores para calcular las partes intestadas de los herederos.

¿Qué se hereda?

¿Qué heredará usted si su pariente fallece sin dejar una última voluntad y testamento y el pariente era residente de Florida o poseía bienes inmuebles ubicados en Florida? Incluso si usted determina, basándose en la información presentada anteriormente, que tiene derecho a una parte intestada del patrimonio de su familiar, es muy posible que no herede nada. ¿Por qué? Porque su pariente puede haber dejado todos los bienes no testamentarios o las deudas que su pariente tenía en el momento de su muerte pueden exceder el valor del patrimonio testamentario, lo que hará que el patrimonio sea insolvente.

Si no está seguro de sus derechos legales como heredero intestado en Florida, entonces consulte con un abogado de sucesiones de Florida para estar seguro.

La información contenida en este artículo no es un asesoramiento fiscal o legal y no sustituye dicho asesoramiento. Las leyes estatales y federales cambian con frecuencia, y la información de este artículo puede no reflejar las leyes de su propio estado o los cambios más recientes de la ley. Para obtener asesoramiento fiscal o legal actualizado, consulte con un contable o un abogado.

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