(CNN) Mono ©. Mono no.
Naruto, un macaco crestado de Indonesia, no tiene derechos sobre los (adorables) selfies que se hizo con la cámara de un fotógrafo de la naturaleza, según el Tribunal de Apelaciones del 9º Circuito de EEUU. Dicho tribunal confirmó la sentencia anterior de un tribunal inferior, que decía, básicamente, que los animales no pueden presentar demandas por infracción de derechos de autor.
En 2011, Naruto, que entonces tenía 7 años, se sacó varias fotos con una cámara del fotógrafo David John Slater, que estaba de misión en Indonesia.
Slater incluyó las fotos de Naruto en un libro que publicó.
Demanda de 2015
Personas por el Trato Ético de los Animales (PETA) demandó a Slater y a la empresa de autopublicación Blurb en nombre de Naruto en 2015. El grupo argumentó que la publicación y venta de las fotografías que el mono tomó infringía los derechos de Naruto bajo la Ley de Derechos de Autor.
Los demandados argumentaron que, como mono, Naruto no podía tener derechos de autor.
En una sentencia provisional de enero de 2016, el juez de distrito estadounidense William Orrick se mostró de acuerdo con ese argumento, afirmando que, si bien «el Congreso y el Presidente pueden extender la protección de la ley a los animales al igual que a los humanos, no hay ninguna indicación de que lo hayan hecho en la Ley de Derechos de Autor».
PETA apeló la decisión.
‘The Monkey Selfies’
Sin embargo, el Tribunal del 9º Circuito desestimó esa apelación en una opinión publicada el lunes.
«Confirmando la desestimación del tribunal de distrito de las demandas presentadas por un mono, el panel sostuvo que el animal tenía capacidad constitucional pero carecía de capacidad legal para reclamar la infracción de los derechos de autor de las fotografías conocidas como ‘Monkey Selfies'», dijo el tribunal.
«Los precedentes de nuestro tribunal nos obligan a concluir que la reclamación del mono está legitimada en virtud del artículo III de la Constitución de los Estados Unidos. No obstante, concluimos que este mono -y todos los animales, ya que no son humanos- carece de legitimación estatutaria en virtud de la Ley de Derechos de Autor.1 Por lo tanto, confirmamos la sentencia del tribunal de distrito», dijo el juez Carlos Bea.
Ampliación de los derechos legales para los no humanos
El fallo del 9º Circuito se produce después de que PETA y Slater llegaran el año pasado a un acuerdo en la disputa.
En virtud del acuerdo, Slater aceptó donar el 25% de cualquier ingreso futuro derivado del uso o la venta del selfie del mono a organizaciones benéficas que protegen el hábitat de los macacos crestados en Indonesia, según una declaración conjunta publicada en el sitio web de PETA.
«PETA y David Slater están de acuerdo en que este caso plantea cuestiones importantes y de vanguardia sobre la ampliación de los derechos legales de los animales no humanos, un objetivo que ambos apoyan, y continuarán con sus respectivos trabajos para lograr este objetivo», dijeron las dos partes.
¿Cómo se llegó a esto?
La disputa sobre la propiedad de la foto se produjo cuando se publicó en el sitio web de uso libre de Wikipedia. Slater pidió que se retirara.